Protección de datos vs. Interés Público


La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales de la Agencia de Acceso a la Información Pública desestimó una denuncia presentada contra el Diario La Nación por una persona que intervino como Presidente de Mesa en las últimas elecciones, por haber publicado, sin su autorización, una foto de un telegrama de escrutinio en el que figuraba su DNI, firma y nombre completo.

El Organismo consideró que no se requería el consentimiento porque los datos en cuestión fueron recabados en virtud de una obligación legal (art. 105 del Código Electoral), por entender que los telegramas de escrutinio revisten interés público y que las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de informes de interés público.