En el marco de una acción de amparo iniciada para
que se investigue el uso de datos biométricos por parte del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) de la Ciudad de Buenos
Aires y se protejan derechos de los
ciudadanos ante su posible uso abusivo e ilegal, el titular del Juzgado de Primera
Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2, Secretaría Nº 3
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó una medida cautelar a través de la cual le ordenó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
la suspensión del SRFP, sin afectar o mermar los restantes sistemas de
videovigilancia (monitoreo urbano), preventivo y forense que se utilizan
actualmente.
Además, el Juez Andrés Gallardo, ordenó que la Policía de Seguridad Aeroportuaria
allane el Centro de Monitoreo Urbano (CMU) de la Ciudad y la sede del
ministerio de Seguridad porteño y que secuestre toda la información
contenida en la arquitectura informática utilizada en el SRFP, ya sea que se
trate de software propio del GCBA o de terceros, debiendo retirar en caso de
ser necesario los equipos físicos donde la información se encuentre contenida.
Ello, por considerar que, a través de dicha herramienta, creada para solicitar datos biométricos y demás información personal proveniente del Registro Nacional de las Personas, siempre y cuando se refieran a individuos incluidos en el CoNaRC (Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas), el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pudo haber accedido ilegítimamente a datos biométricos de una gran cantidad de personas que no se encuentran dentro de esa base de datos, afectando su privacidad.