La comisión de Salud de la Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires comenzó a debatir un proyecto de Ley de Telemedicina que, entre otras
cuestiones, pretende lograr que los medios tecnológicos que se utilizan
para comunicarse y registrar la consulta en la historia clínica del paciente
protejan la confidencialidad de los datos personales, garanticen
el secreto profesional y respeten el derecho a la intimidad y la dignidad
de los pacientes.
El proyecto, identificado con
el número 1254-D-2020, pretende que toda herramienta tanto de información como telecomunicación que se utilice debe
asegurar y garantizar el almacenamiento y la protección de los datos, y
que deben tomarse las máximas medidas de precaución técnicas para que la
información resida en un repositorio de datos que los almacene en forma segura
y protegida de cualquier ataque externo, y permita recuperarla de manera
rápida y accesible, debiendo garantizarse siempre su integridad, autenticidad y
confiabilidad y exactitud.
Asimismo, indica que la totalidad de datos implicados al utilizar las
tecnologías de la Información y de la Comunicación (TICs) son considerados
datos personales, confidenciales y sensibles en los términos de la Ley N°1.845
(conf. texto consolidado por Ley N°6.017), o la que en un futuro se dicte y
demás normativa vigente en la materia, y que se deben resguardar los aspectos
referidos a su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y
recuperabilidad.